martes, 27 de septiembre de 2011

Subsidio por desempleo: solicitud

Si en el post anterior expliqué los requisitos que hay que reunir para solicitar el subsidio por desempleo, en este explicaré el plazo y los documentos necesarios para realizar la solicitud.


Plazo

Tras el cese del empleo, de las vacaciones no disfrutadas o de la finalización de la prestación contributiva, se dispondrá de quince días hábiles para realizar la solicitud. Para comenzar este trámite, es necesario estar inscrito como demandante de empleo.

En caso de que la solicitud se presente fuera de plazo, no se perdería el derecho al subsidio, sino que se restarían los días que hayan pasado. Es decir, si un trabajador tiene derecho a seis meses de subsidio y presenta la solicitud un mes después de que haya terminado el plazo, tendría derecho a cinco meses de prestación.


Documentación

Los documentos que hay que presentar para iniciar el trámite son los siguientes:
  • Impreso de solicitud.

  • Identificación del solicitante y, en caso necesario, cónyuge e hijos a su cargo que figuren en la solicitud. Esta identificación puede ser:

    • DNI (para ciudadanos españoles).

    • Tarjeta de identidad de extranjero. Si el solicitante pertenece a un estado del Espacio Económico Europeo o a Suiza, podrá presentar el documento identificativo de su país de origen.

    • NIE (para ciudadanos extranjeros).

  • En caso de tener cónyuge, hijos o menores acogidos a su cargo:

    • Libro de familia (o documento equivalente), si se tiene familia a cargo.

    • Resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento de menores, expedida por la entidad que se encargue de la protección de menores. En este documento deberán figurar la fecha y efectos del acogimiento.

  • En algunos casos, habrá que acreditar condiciones especiales, como minusvalía o incapacidad. En estos supuestos, habrá que presentar alguno de los siguientes documentos:

    • Certificado del grado de minusvalía o resolución que reconozca la incapacidad o invalidez del trabajador, así como el retiro por incapacidad permanente o inutilidad.

    • Fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.

  • En caso de separación o divorcio, habrá que presentar la sentencia o convenio regulador.

  • Justificante de los ingresos obtenidos en el mes anterior a la solicitud por el solicitante, cónyuge e hijos.

  • Certificado de empresa firmado y sellado.

  • En caso de solicitar la prestación por retorno a España, habrá que presentar una certificación emitida por la Delegación o Subdelegación de Gobierno. Deberá figurar la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país del que se regresa.

  • Formulario E-301, en caso de regresar de un país del Espacio Económico Europeo o de Suiza o formulario de enlace en el que figuren los periodos trabajados en un país con el que existe convenio.

  • En caso de salida de prisión, certificación del director del centro, con las fechas de ingreso y salida y la causa de ésta.


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